Solicitud de venta ambulante. Mercado Agroecológico y Mercado de flores
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Fecha límite: En plazo
Descripción
La convocatoria tiene por objeto la concesión de autorizaciones administrativas para la instalación de puestos de venta ambulante en el mercado periódico de productos agroalimentarios ecológicos y mercado de flores de Huesca.
Dirigido a
Personas físicas o jurídicas que se dediquen a la actividad de comercio al por menor y reúna los requisitos de la convocatoria.
Requisitos y observaciones
Requisitos para el ejercicio de la venta ambulante (Artículo 12 de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante del término municipal de Huesca):
- Estar de alta en los epígrafes correspondientes del Impuesto de Actividades Económicas o equivalente en el caso de solicitante de Estado miembro de la Unión Europea (UE).
- Estar de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social o equivalente, en el caso de solicitante de estado miembro de la UE.
- En caso de solicitante de país no miembros de la UE, estar en posesión de los correspondientes permisos de residencia y trabajo.
- Estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no tener deuda pendiente con el Ayuntamiento de Huesca.
- Disponer de seguro de responsabilidad civil, con una cobertura mínima de 150.000€.
- Además, en el caso de venta de productos agroalimentarios ecológicos, los titulares deberán:
- Ser productores y elaboradores ecológicos artesanos que cumplan los requisitos exigidos en cada momento por la normativa europea, estatal o autonómica sobre producción ecológica.
- Estar en posesión del certificado de productores ecológicos emitido por el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica o de comité u organismo correspondiente de otra Comunidad Autónoma; o, en su caso, haber el inicio el procedimiento para la obtención de dicho certificado. En este último supuesto, no se autorizará definitivamente para la venta ambulante, hasta la obtención de este.
¿Cómo realizar el trámite?
Documentación necesaria
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Formulario rellenado (solo en el caso presencial).
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Copia del DNI/CIF/NIE.
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Documentación justificativa de los criterios de valoración.
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Además, en el caso de venta de productos agroalimentarios ecológicos:
- Certificado de productores ecológicos emitido por el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica o comité u organismo correspondiente de otra Comunidad Autónoma; o en su caso, documentación acreditativa de haber iniciado el procedimiento para su obtención.
- Número de Registro Sanitario o Autorización Sanitaria emitida por la Administración correspondiente, en caso de transformador o elaborador.
- Declaración responsable de cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias, según modelo Anexo II.
Tributos
Las personas autorizadas tienen que pagar una tasa que está regulada por la Ordenanza fiscal 23. Reguladora de la tasa por la ocupación de la vía pública con puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, industrias callejeras y ambulantes.
Órgano gestor
Área de Comercio del Ayuntamiento de Huesca
Normativa
- Ordenanza fiscal 23
- Ordenanza reguladora de la venta ambulante en el término municipal de Huesca
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón
- Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
- Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón